Este JUZGADO DE CONTROL Nº 04 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Se admite la Acusación totalmente, presentada por La Fiscal del Ministerio Publico, en causa seguida en contra del acusado, ALFREDO GONZALEZ PALMARES, (...) por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, cometido en perjuicio de la ciudadana CLELIA GAMBOA VANEGAS, CIN° 81.605.883, y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, cometidos dichos delitos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, Por los hechos ocurridos en fecha 02-07-06, anteriormente explanados por la Vindicta Pública(:..), por cuanto la misma reúne los requisitos del articulo 326 del COPP. Y del artículo 330 ordinal 2 ejusdem.. SEGUNDO: Se admiten todas las pruebas ofrecidas por la Representación Fiscal, a los efectos del Juicio Oral y Público, por cuanto las mismas guardan relación con los hechos investigados.....