En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por mandato de la Constitución y por autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante ANA MAURA RAMIREZ ZAMBRANO VIUDA DE WONG, a los ciudadanos Sulin del Valle Wong de Muños, Carlos Gregorio Wong Ramírez, Luncin Ramón Wong Ramírez, Sulan Cristina Wong de Rojas, Su Men Coromoto Wong Ramírez, y Long Hong José Wong Ramírez, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-9.390.435, V-9.396.792, V-10.243.427, V-10.242.280, V-11.220.198, y V-11.915.717 respectivamente, quienes son hijos de la caus.....