3. Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
3.1. Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Mérida, contra del ciudadano Octavio Rondón Sosa, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.105.011, de 44 años, soltero, agricultor, hijo de Juana Sosa y Filomeno Rondón, domiciliado en el sector La Mora, cerca de Pueblo Nuevo del Sur, casa sin número, Estado Mérida, por ser el presunto autor de los delitos de Violencia Física y Amenaza, previstos en los artículos 40 y 41 ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Marcelina de Serrano y Lesiones Intencionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perju.....