En atención a las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA DE OFICIO su INCOMPETENCIA por la cuantía para conocer de la presente acción de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO DE COMPRA VENTA (VÍA PRINCIPAL), intentada por el Abogado en ejercicio CLAUDIO ANTONIO BÁRCENAS VIELMA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 6.164.932, domiciliado en la ciudad de Mérida, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, actuando en su propio nombre y representación, contra la ciudadana CRISTINA DE JESÚS BANDA, venezolana, divorciada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número .....