Declara:
PRIMERO: HOMOLOGA exclusivamente el Desistimiento del procedimiento presentado por los ciudadanos HERMELINDA DEL CARMEN CAMACHO, LEONARDO ABEL PAREDES BARRIOS, BETSY ANDREINA ARAUJO SOTO, FRANK EDUARDO RODRÍGUEZ, MARGARITA RIVAS ERAZO, DARWIN ANTONIO DÁVILA JÁUREGUI, en este juicio incoado en contra de la Universidad de Los Andes, por concepto de Reenganche y Pago de Salarios Caídos.
SEGUNDO: Terminado el procedimiento exclusivamente para los ciudadanos NATALIA TERELENA ACOSTA DAVILA, JAVIER BELLINO PAEZ, ALEXANDER ROJAS GONZALEZ y LUIS ENRIQUE CONTRERAS BELANDRIA EDUARDO VILLEGAS ANGULO, contra la Universidad de Los Andes.
TERCERO: No hay condenatoria en costas para los indicados ciudadanos.
CUARTO: Se ordena la notificación del Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al artículo 97 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República.