Mediante diligencia presentada en fecha 30 de enero de 2025 (f. 214) por el profesional del Derecho, abogado LUIS ALBERTO MARTINEZ CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad número 21.023.115, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 298.467, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana FILOMENA PEÑA, parte demandante en la presente causa, por cuanto expone:
«...Solicito mediante la presente diligencia la reposición de la causa al estado de admitida en apelación nuevamente pues, la misma se corresponde con el procedimiento breve de acuerdo a su cuantía, y no por el sustanciación según el precepto legal contemplado en el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil...»
Ahora bien, por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente se evidencia que este Tribunal, sin percatarse que, de conformidad con el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, el proceso en que se dict.....