JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, cinco (05) de marzo del año dos mil nueve (2.009).-
198º y 150º
Vista la apelación de fecha cuatro (04) de marzo del año en curso, interpuesta por la ciudadana Abogada CIOLY ZAMBRANO A., en su carácter de Administradora y representante de la depositaria Judicial Los Andes C.A., contra el auto dictado por este Tribunal, en fecha dos (02) de marzo del año dos mil nueve (2.009). En consecuencia, Se oye la misma, en un solo efecto devolutivo, y por cuanto se observa a los autos que el apelante no indico las copias que deben acompañar la apelación, se le exhorta indicar las que considere necesarias para así dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 295 del Código de Procedimiento Civil.- CUMPLASE.-.-----------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
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