Decisión
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal de la ciudadana MARÍA ALCANTARA MORA GUZMÁN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.001.747, así se decide.
Se acuerda notificar a las partes, siendo que no se remiten las actuaciones al archivo judicial, por cuanto la causa sigue vigente en relación a los otros penados.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 03
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
LA SECRETARIA,
ABG. _______________________________
Se libraron Boletas de Notificación Nos. ___________________________________.
Secretaria