De tal manera que este Tribunal de Ejecución No 03, del Circuito Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta en contra del ciudadano RIGOBERTO ESTEBAN FALCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.855.454, nacido en fecha 10-04-1966, de 37 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio Justo Briceño, vereda 02, casa No. 04, Urbanización Carabobo, Mérida, Estado Mérida, una orden de aprehensión, con la única y exclusiva finalidad de que sea ubicado por medio de los diferentes cuerpos de seguridad, quienes una vez capturado lo hagan comparecer ante este tribunal, y así poder llevar a cabo todos los acto pendientes con ocasión del ejecutese de sentencia condenatoria. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución, en armonía con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, así se decide, cúmplase y ofíciese lo conducente.