Por mérito de lo expuesto se ordena el enjuiciamiento del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por los hechos descritos en la acusación fiscal y que fueran reproducidos en el presente auto, que encuadran en los delitos de de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, en perjuicio de BENITO MARCANO MORENO y coautor del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de EDGARD GUERRERO GUERRERO y YELIREET HORANYELY ALBARRAN,y conforme a lo establecido en el artículo 580 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, remítanse las actuaciones a la Juez de Juicio. Líbrese oficio.
Se intima a las partes para que en plazo común de cinco (5) días, contados a partir de la remisión de las actuaciones, concurran al Tribunal de Juicio de esta Sección de Adolescentes.
Se impone al acusado la m.....