este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 177 parágrafo cuarto de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA a los niños, los adolescentes OMITIR NOMBRES, de dos (02), cuatro (04), catorce (14) y quince (15) años de edad respectivamente, y el ciudadano JEFFERSON MORA GOMEZ, mayor de edad, COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante WILSON MORA JAIME, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.761.594 quien falleció en fecha primero (01) de junio de 2013, según se evidencia en Acta de defunción Nº .....