DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, la Corte hace los siguientes pronunciamientos, PRIMERO: Declara: Sin Lugar, el Recurso de Apelación Interpuesto por la ciudadana Abg. CIOLY JANETT ZAMBRANO, SEGUNDO: Ratifica el pronunciamiento del Tribunal Cuarto de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Mérida, de fecha 09/07/2009, en la cual no acuerda la entrega del vehiculo marca: CHEVROLET, MODELO: EPICA, AÑO: 2007, COLOR: NEGRO, PLACA: DCO-78P. Cópiese, publíquese y notifíquese a las partes, remítase el presente legajo de actuaciones en su oportunidad legal al Tribunal de Primera Instancia.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,
DR. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
PRESIDENTE ( E)
DR. ALFREDO TREJO GUERRERO
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