Dispositiva:
En mérito de lo anterior, éste Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara con lugar la solicitud de redención de la pena por trabajo y estudio, instaurada por la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, en favor del penado Anthony Rafael Dugarte Moreno, estableciéndose que ésta equivale a un (01) año, diez (10) meses, diez (10) días y doce (12) horas de presidio.
Segundo: Se actualiza el cómputo de la pena cumplida por el referido penado hasta el día de hoy, concluyendo que ha cumplido un total de pena de SIETE (07) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTINUEVE (29) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDO; faltándole por cumplir un remanente de pena de dos (02) años, seis (06) meses y doce (12) horas, que terminará de cumplir el 06 de mayo de 2011, a las doce horas del mediodía.
Así se decide, cúm.....