PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia de fecha 13 de agosto de 2019 (f. 291), por la parte actora ciudadano ELIS SAÚL MOLINA SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número 3.038.661,contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva de fecha 31 de julio de 2019 (fs. 265 al 282), proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida,en el juicio de nulidad de asamblea contra la sociedad mercantil MOLINA Y DE BARCIA C.A. (MOBARCA). SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva de fecha 31 de julio de 2019 (fs. 265 al 282), proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. TERCERO: Se declara la CADUCIDAD dela demanda intentada en fecha10 de julio de 2018, por el profesional del derecho AGUSTÍN UL.....