Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al ciudadano: LUIS FRANCISCO MARQUEZ DIAZ, venezolano, natural de La Fría, Estado Táchira, fecha de nacimiento 02-04-68, soltero, obrero, hijo de Pedro de Jesús y de Marina Díaz, portador de la Cédula de Identidad Nº V- 11.971.839, residenciado en la entrada a Boca Grande, calle única, casa s/n, más debajo de la Bodega El Vigía, Estado Mérida, por el delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano LUIS YONNY NIÑO SALINAS, venezolano, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad Nº V-9.027.006, residenciado en el sector El Tama.....