CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio JUSTO BRICEÑO TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de divorcio por desafecto presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos DEIVIS ANTONIO PERDOMO SALAZAR Y AILIN MARLENE DURAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-20.352.220 y V-19.677.127, respectivamente, en fecha Veintiocho (28) de Enero del año Dos Mil Diez (2010).
SEGUNDO: Que los ciudadanos: DEIVIS ANTONIO PERDOMO SALAZAR Y AILIN MARLENE DURAN, durante la unión conyugal no procrearon hijos. Así mismo, se declara que no adq.....