DECISIÓN
Por mérito de los razonamientos que anteceden este Tribunal de Primera Instancia de la Sección de adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida en funciones de Control Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, de conformidad con los artículos 103 del Código Penal y 48 y 318. 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público, a la defensa y a la madre o familiar del fallecido.
De conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ley para el desarme, se acuerda el comiso del arma incautada, de las balas y las conchas, descritas en la experticia de reconocimiento técnico Nº 9700-067-DC-214, de fecha 30 de enero de 2009, realizada por el experto TSU Kleiber A. Rivas. M, Detective adscrito a la Sub Delegación Mérida del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, cuya acta se encuentra .....