Con base en los razonamientos expresados, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal el Estado Mérida, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la ley realiza los siguientes pronunciamientos:
1. Declara con lugar la apelación de sentencia interpuesta por los abogados Henry José Corredor Ramírez, Carlos Gerardo Corredor Rivas, Daris Dugarte y Henry Gerardo Corredor Rivas, en su condición de defensores de los ciudadanos LUIS EMIRO BRACHO VALERO y HUGO RAMON HERNANDEZ.
2. Declara la nulidad de la decisión dictada por el Tribunal en funciones de Juicio No 01 de la Extensión El Vigía, que condenó a LUIS EMIRO BRACHO VALERO y HUGO RAMON HERNANDEZ, a sufrir la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRESIDIO por haberlos hallado culpables del delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSIA, en perjuicio de JOSE RAFAEL PAREDES ARAQUE.
3. Acuerda la celebración de un nuevo juicio oral y público, ante un juez distinto del que dictó la decisión anulada.
4. Revoc.....