DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano JANNS IVAR SUÀREZ ROBLES, de acuerdo con lo establecido en el artículo 248 del COPP, en armonía con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por la presunta comisión de los delitos de: OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 ejusdem. SEGUNDO: Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario de acuerdo con el artículo 373 último aparte del COPP, por lo cual, una vez firme la presente decisión remítase las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público para que continúe con la .....