DISPOSITIVA.
PRIMERO: Se declara sin lugar la recusación interpuesta por la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en materia contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, en contra del abogado Juan Rodolfo Martínez Casanova, en su condición de Juez de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 05 de este Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, sede Mérida, de conformidad con lo previsto en el artículo 89 numeral 8 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Siendo que por razones de distribución dado la presentación del acto conclusivo en el presente caso penal, el conocimiento del mismo le correspondió al Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, sede Mérida, se ordena que dicho juzgado continúe con el con.....