este Tribunal a analizar los instrumentos producidos con el escrito interdictal de despojo, identificado con el título de anexos y pruebas: 1- Contrato de arrendamiento privado entre las partes, marcado "A". 2- Denuncia ante la Fiscalía del Ministerio Público (unidad de atención de la víctima), marcado con la letra "B". 3- Comunicación a la Defensoría del Pueblo, marcada con la letra "C", 4- Reproducciones fotográficas e inventario de muebles y enseres, marcado "D", 5- Denuncia de desalojo arbitrario, hecha en fecha 24 de enero de 2019, hecha ante el SUNAVI, marcado "E". 6- Oficio en el que solicitó por ante la Defensora Pública Inquilinaria, una comisión con la finalidad de conciliar con los herederos del propietario José Martínez, marcado "G", 7- Registro de Información Fiscal, de los ciudadanos PEDRO JESÚS MUJICA VALE y BERENICE JOSEFINA TORRES DE MÚJICA, donde se señala su domicilio, marcado letra "H". 8- Factura electrónica de Inter Cable C.A. a nombre de PEDRO JESÚS MUJICA VALE,.....