PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR de los ciudadanos RICHARD ALEXANDER RAMOS ROMAN, venezolano, natural de Tucani, portador de la cédula de identidad No V-. 18.150.396, residenciado en el Sector Edecio La Riva, calle D1, casa D1-5, Tucán, Estado Mérida, JOEL ANTONIO CAÑIZALEZ RONDON, venezolano, natural de Tucani, Estado Mérida, fecha de nacimiento 26-04-86, portador de la cédula de identidad No V-. 19.043.873, residenciado en el Sector Edecio La Riva, frente a la Alcaldía, casa sin número, pintada de color azul, al lado del transporte de camiones, Tucán Estado Mérida. ABEL ENRIQUE LUNA PAUTH, colombiano, natural de San Onofre Departamento de Sucre, República de Colombia, indocumentado, residenciado en el sector Edecio La Riva en la parte de atrás del matadero, casa sin número Tucani, Estado Mérida; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 1° y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión.....