PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por el abogado RUBEN DARIO SULBARAN RAMIREZ, en su carácter de coapoderado judicial de la parte actora, sobre un bien inmueble del tipo APARTAMENTO, distinguido con el número y letra P-B-4, piso Planta Baja del Edificio "Rio Chama" que forma parte del Conjunto Residencial Monte Alto, ubicado en la Avenida Andrés Bello, Urbanización Alto Chama, Calle 1 "Sierra Nevada" de la Jurisdicción de la Parroquia Juan Rodríguez Suarez del Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida. Número Catastral (11-06-03-11-01-11), tiene un área de construcción de OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (86 mts2), constante de (3) habitaciones, dos (2) baños, cocina, comedor, sala, balcón y oficios, le corresponde un puesto de estacionamiento identificado con el mismo número del apartamento, así como las demás anexidades y derechos sobre las áreas comunes de condominio y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: .....