DECISIÓN
Con base a la motivación precedente, esta Corte Accidental de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 6, 19, 236, 237, 238, 439 y 442 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el abogado Wilson Enrique Yguarán Ospino y Yolette Virginia Hernández Araujo, en su condición de fiscales principal y auxiliar, respectivamente, adscritos a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Penal del estado Mérida, en contra de la decisión tomada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal del estado Mérida, emitida en fecha 06 de diciembre de 2013, en la causa penal signada bajo el Nº LP01-P-2013-018077.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión ape.....