En atención a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta con fundamento en el ordinal 12º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por elciudadano LUIS JORGE CAÑON GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. 3.034.952, asistido por la profesional del derecho en ejercicio FLORELIA GALLO RINCÒN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. 15.356.324, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 110.782 en contra de la ciudadana LII ELENA TORRES RUIZ, en su condición de Juez Temporal del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.....