DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS ESPECIALES, incoada por la ciudadana ALONZA NAHYR FABIOLA ORTEGA VERA, ya identificada, en contra del ciudadano: WILMER ALBERTO FLORES FRANCO, igualmente identificado, en beneficio de su hijo: OMITIR NOMBRE, de ocho (08) años de edad, en consecuencia, SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en beneficio del niño de autos, en la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.200,oo) mensuales, equivalentes al veinticinco con cero tres por ciento (25,03%) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, el cual corresponde a la cantidad de setecientos noventa y nueve con 00 céntimos (Bs.799,00). Igualmente, SE FIJA EL BONO ESCOLAR adicional a la Obligación de manutención, en el mes de Agosto en la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (BsF.200,00), equivalentes al veinticinco con cero tres por ciento (25,03%) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, arriba señalado. A.....