Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:  PRIMERO:  De la revisión de las Actuaciones  se desprende que al imputado LEN ARUKY SALGADO HERNANDEZ,  venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en 07-12-1978,  titular de la cedula de identidad N°- 14.806.961, de oficio taxista,  domiciliado  en  la Urbanización Carabobo, vereda 21, casa N°- 3, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida , el Tribunal  le dicto en fecha 11-07-2011, Medida Privativa de Libertad por el  supuesto Delito de ROBO AGRAVADO COMO COOPERADOR   INMEDIATO, tipificado en el Artículo 458 del Código Penal, vigente para la época de comisión del delito,  cometido supuestamente en contra de las  Ciudadanas  CARMEN  AMÉRICA GONZÁLEZ  Y YESSICA CAROLINA BOLAÑOS  y al Ciudadano FREDDY  JOSE CALDERÓN, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-14......