Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, del derecho que le asiste a los ciudadanos: JOSEFINA DEL CARMEN UZCATEGUI DE PEREZ, MARIA ESTHELA PEREZ UZCATEGUI, SORAYA JOSEFINA PEREZ UZCATEGUI, CARMEN DIANA PEREZ UZCATEGUI, ROSALIA DE LAS MERCEDES PEREZ UZCATEGUI, LUIS FELIPE PEREZ UZCATEGUI, REYNA VIRGINIA PEREZ UZCATEGUI, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de esposa e hijos del causante: FELIPE PEREZ RAMIREZ también conocido como LUIS FELIPE PEREZ RAMIREZ, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas.-
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
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