DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara con lugar la solicitud realizada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en cuanto sea acordado un MANDANTO DE CONDUCCIÓN, para el representante legal de las niñas GIOMAR DE LAS NIEVES UZCÁTEGUI GONZÁLEZ y ESTEFANNY ALEJANDRA UZCÁTEGUI GONZÁLEZ, residenciado en el conjunto residencial Agua Clara, torre 6, apartamento A2-1, primero piso, vía Aguas Calientes, Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías, estado Mérida, es decir, que deberá ser conducido (con las niñas) por la fuerza pública en forma inmediata, a los fines de recepcionarles entrevistas de los hechos que investiga el Ministerio Público, para tal materializac.....