Por Decisión N° 241/08 se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal; se ACUERDA la entrega directa y plena del vehículo: CLASE: AUTOMÓVIL, MARCA: FIAT, MODELO: 146 UNO C.S.5, USO: PARTICULAR, TIPO: COUPE, COLOR: VERDE, AÑO: 1.988, PLACAS: XJK-260, SERIAL DEL MOTOR: 127A20111476948, SERIAL DE CARROCERÍA: ZFA1468S7J0276129, a la ciudadana MARÍA ZORAIDA DÍAZ PEÑA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-12.655.023; y se ACUERDA el comiso y por consiguiente destrucción de los objetos que se encuentran descritos en la Experticia de Reconocimiento Legal de fecha 21 de Noviembre de 2002, que obra al folio 29 y su vuelto de las actuaciones; correspondiendo el cumplimiento de lo aquí acordado, al Tribunal de Ejecución respectivo.-