Vista la solicitud de prórroga propuesta por la defensora pública de la parte demandada y aceptada por la parte actora, es por lo que este Tribunal prorroga la presente audiencia de mediación, fijando el día viernes, doce (12) de agosto de dos mil dieciséis (2016), a las diez de la mañana (10:00 a.m.), de conformidad con el artículo 104 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
ABG. THAIS A. FLORES MORENO
LA DEMANDANTE
MERGELYN TIBISAY PAREDES PEROZA
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
ABG. CARLOS ENRIQUE PACHECO CALDERÓN
LA DEFENSORA PÚBLICA DE LA PARTE DEMANDADA
ABG. ANDREINA PUENTES ANGULO
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA