DECISIÓN
Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 362 numeral 2 y 371 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado JACK GIOGIO RIVERO ARIAS, titular de la cédula de identidad Nro. V.-17.283.243, a cumplir la pena de dos años de PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio Cementerio Parque La Inmaculada C.A. En este mismo orden y dirección, se imponen las penas accesorias de inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad hasta una quinta parte del tiempo de condena, una vez cumplida ésta, conforme a lo establecido en el artículo 16 numerales 1 y 2 del Código Penal.
Teniendo en cuen.....