En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDD DE LA LEY DECLARA: ---------
Primero: Sin lugar la demanda por Reintegro de Depósito y sus intereses que incoara Gerardo Antonio Osorio Varela y María Magaly Escalona, asistido por los abogados Pedro David López Chirinos y Víctor Julio Corrales, Contra la empresa Inmobiliaria Vivienda C.A. (INMOVIVIENCA).
Segundo: Se le condena a los demandantes a cancelar las costas y costos generados del presente procedimiento por haber resultado vencido en esta litis.
Por cuanto la presente decisión se ha publicado fuera del lapso legal previsto en el artículo 251, ejusdem, a los fines de mantener incólume el derecho a la defensa y la igualdad de las partes en el debido proceso, se acuerda la notificación de las partes del juicio llevado en este Juzgado, haciéndoles saber que una vez que conste en autos la última notificaci.....