PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO, interpuesta por la ciudadana KARLA YULEISMA CAÑIZALEZ DABOIN, en contra del ciudadano LUIS ENRIQUE LEO MORALES, con fundamento en la causal 3° por LOS EXCESOS, SEVICIAS E INJURIAS GRAVES, como lo indica el artículo 185 del Código Civil Venezolano.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos, con arreglo al matrimonio civil, que ambos contrajeran por ante el Prefecto, actual, Registro Civil del Municipio Boconó del Estado Trujillo, en fecha 27 de noviembre de 2.004, según acta Nº 30. Y así se decide.
TERCERO: Por cu.....