Decisión
El Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide 1.- Redime judicialmente la pena en un (01) año, tres (03) meses y doce (12) horas de prisión, respecto al ciudadano BORIS LEWIS LÓPEZ OSUNA (identificado en autos); 2.- Declara que hasta la presente fecha (10-02-2009) inclusive, el ciudadano BORIS LEWIS LÓPEZ OSUNA (identificado en autos) tienen una pena cumplida igual a tres (03) años, once (11) meses, veintitrés (23) días y doce (12) horas de prisión; restándole por cumplir seis (06) días y doce (12) horas de prisión; que se cumplen físicamente y en forma definitiva el día 17 de febrero de 2009, a las doce (12:00) meridiano.
Notifíquese esta decisión al Ministerio Público, a la Defensa y penado de autos. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Dirección del Centro Penitenciario de Los Andes. Certifíquese y Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJEC.....