Por Decisión N° 219/2010 se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR del ciudadano ALEXANDER SÁNCHEZ RINCÓN, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.355.428, soltero, natural de La Azulita Estado Mérida, nacido en fecha 02/07/1976, obrero, hijo de Miguel Sánchez y Abdulia Rincón, domiciliado en Santa Elena de Arenales, Urbanización María Concepción Palacios, Planta Baja, Apartamento 02, Jurisdicción del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO.-