Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO: Conforme a los artículos 3, 5, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, se REDIME el lapso de: TRES (03) MESES, TRES (03) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, de la pena total que cumple el penado RAUL RODRIGUEZ MARMOLEJO, venezolano, natural de Santa Bárbara Estado Zulia, nacido el 18 de junio del año 1974, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.548.385, domiciliado en el Sector La Inmaculada, Calle 14, Casa S/N, El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, actualmente gozando del beneficio de Régimen Abierto.SEGUNDO: Al elaborar el cómputo actualizado conforme al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se observa que el penado RAUL RODRIGUEZ MARMOLEJO, fue detenido el día 30-01-2005 al 08 -10-2.....