DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida JESÚS RAMÓN VARELA TACHON, venezolano, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº:19.752.077, nacido el 01-04-1983 de 32 años de edad, domiciliado en Lagunillas, sector San Benito, calle 2, casa Nº 16, estado Mérida, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA ocasionado en perjuicio de la ciudadana JOSXIRI ROSELY GUTIÉRREZ GUILLEN y TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la protección del niño, Niñas y A.....