Este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta el siguiente Auto de Sobreseimiento a favor del ciudadano ROSNEY ARMANDO CONTRERAS MALDONADO, y Auto de Apertura a Juicio NELSON FERNANDEZ ANDRADE, , todo de conformidad con el artículo 173, 330 numeral 2, 3, 9 y 331 del COPP, en los siguientes términos: PRIMERO: En cuanto al alegato de la Defensa de que no sea admitida la acusación, en lo que respecta al delito ROBO AGRAVADO, EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA delito este previsto y sancionado en el articulo el articulo 458 del Código Penal Venezolano vigente, en armonio con lo previsto en el articulo 84 ordinal 1 de la norma sustantiva penal, en perjuicio de la ciudadana MARCOLINA MONSALVE ZAMBRANO, invocando que se decrete un sobreseimiento, por no demostrarse en la acusación en ningún momento la complicidad no necesar.....