PRIMERO: Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuestos, declara consumado el "DESISTIMIENTO" del Recurso de Apelación interpuesto por el abogado HUGOLINO RIVAS, contra las actuaciones contenidas en el expediente Nro. 5628, expediente sobre Inspección Judicial llevado en el Juzgado Primero de los Municipios LIbertador y Santos Marquina del Estado Mérida, en consecuencia, este Juzgado le imparte el carácter a dicho acto de autocomposición procesal como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad a lo pautado en los artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo, no se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
TERCERO: Remítase el presente expediente, al Tribunal de la causa, una vez que quede firme la presente decisión. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.