En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la doctrina y normativa señaladas, se declara INCOMPETENTE FUNCIONALMENTE para conocer en primera instancia, de la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales, interpuesta por los abogados ANGIE YULEXCI OVALLES y ARIS ENRIQUE OVALLES, contra los ciudadanos MARÍA ALBINA PERNÍA VIUDA DE ESCALANTE, TANIA JOSEFINA ESCALANTE PERNÍA, ERARDO ALEXIS ESCALANTE PERNÍA y YOLEIDA MERCEDES ESCALANTE PERNÍA. Como consecuencia de la anterior declaratoria, DECLINA LA COMPETENCIA, en el Juzgado de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Tovar, que corresponda por distribuci.....