PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la parte demandante en el presente juicio, sobre los siguientes bienes inmuebles:
1.- Un lote de terreno ubicado en el sitio denominado "San Juan Bautista", Avenida Las Américas, N° 2-75, cerca del Sanatorio Antituberculoso, hoy Hospital Sor Juana Inés de La Cruz, en jurisdicción de la Parroquia Urbana de El Llano, del Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, comprendida dentro de los siguientes linderos: FRENTE: Calle nueva; FONDO: Terrenos que son o fueron de la señora Clara de Ruiz Fonseca; COSTADO IZQUIERDO: Una calle segunda transversal y COSTADO DERECHO: Terrenos que son o fueron de la señora Clara de Ruiz Fonseca. Inmueble que se encuentra inserto en la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Libertador del Estado Mérida, en fecha 30 de marzo de 2000, bajo el N° 44, Folios 295 al 299, Protocolo Primero, Tomo Vigésimo Sexto, Primer Trimestre del año 2000.
2.- Una (01) v.....