ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, en contra del imputado RICARDO ARTURO ORTIZ MORALES, por la presunta comisión del delito de violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el articulo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ANA MARIELA CARRERO ARELLANO. SEGUNDO: se suspende el proceso a prueba por el lapso de un (1) año, contados a partir de la presente fecha y en consecuencia se le impone al acusado: ARTURO ORTIZ MORALES las siguientes condiciones: 1.-Residir en la dirección aportada al Tribunal.2.- .....