DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante RAFAEL RAMON UZCATEGUI LAMUS quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad Nº V- 660.183. A los ciudadanos: con el carácter de cónyuge ROSA ELENA CALANCHE DE UZCATEGUI venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nª V.-3.038.009 y como hijos legítimos: MARIA ELENA UZCATEGUI CALANCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nª V.- 10.101.458, MARIA ALEJANDRA UZCATEGUI CALANCHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nª V.-.....