Dispositiva:
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, no acuerda la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de destacamento de trabajo, al penado Víctor Yoel Urbina Ramírez.
Notifíquese a las partes sobre el abocamiento y sobre el contenido de la decisión, asimismo notifíquese al penado y envíesele al mismo copia certificada de este auto, al Centro Penitenciario de Occidente (Santa Ana) estado Táchira y remítase copia certificada de la decisión al tribunal de ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Táchira (desconoce este despacho a cuál de ellos correspondió conocer la vigilancia penitenciaria del penado en cuestión). Certifíquese por secretaría copia de esta decisión. Cúmplase.
La Juez de Ejecución N° 01
Abg. Marianina del.....