Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 13 de diciembre de 2012, por el abogado JUAN BAUTISTA GUILLÉN, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano REGULO ALBERTO TERÁN, contra la decisión de fecha 30 de noviembre del citado año, proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, dictado en el procedimiento seguido en contra del apelante por la ciudadana MARÍA ANTONIA NOGUERA, por reivindicación, mediante el cual dicho Tribunal revocó por contrario imperio los autos dictados en fecha 25 de octubre de 2012.