PRIMERO: CON LUGAR la acción de NULIDAD DE MATRIMONIO intentada por la ciudadana MARIA YOLANDA GUILLEN GUERRERO, plenamente identificada en autos, en contra del ciudadano ALCIDES ANTONIO HERNANDEZ MACHADO, identificado en autos, en consecuencia se declara la NULIDAD del matrimonio celebrado en fecha 14 de enero del año 2.000, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Bolivariano de Mérida, bajo el N° 02, folio 002, del año 2.000.