Decisiones del dia 12/06/2014
N° Expediente :
Exp.3321
N° Sentencia :
2173
Fecha: 12/06/2014
Procedimiento: Partición De Bienes Hereditarios
Partes: DEMANDANTE: MORENO SULBARAN MARIA DEICY. DEMANDADO: MORENO SULBARAN JOSE ELISEO, MORENO SULBARAN MARGARITA DEL CARMEN, MORENO SULBARAN AURORA DEL CARMEN, MORENO SULBARAN JUAN JOSE, MORENO SULBARAN NELSON JOSE, MORENO SULBARAN JOSE ROLANDO, MORENO SULBARAN JOSE OLINTO, MORENO SULBARAN JOSE OSCAR Y MORENO SULBARAN JOSE ISIDERIO.
Resumen:
El Tribunal dictó decisión declarando nulas las actuaciones relativas a la admisión, contenidas a los folios subsiguientes a dicha admisión; y se declaran válidas la decisión dictada en fecha 24 de marzo de 2014 y los actos subsiguientes a dicha decisión cumplidos en este proceso por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Mérida, y consecuencialmente, se reordena el proceso a los fines de que la demanda propuesta cumpla con los requisitos formales exigidos en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en lo que se refiere a las pruebas y, repone la causa al estado de que la parte actora dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos su notificación, más un (1) día que se le concede como término de distancia, presente nueva demanda cumpliendo con los requisitos exigidos en el artículo antes mencionado.
Juez/Ponente:
Agnedys Hernandez
Organo:
Juzgado de Primera Instancia Tránsito y Agrario
N° Expediente :
10686
N° Sentencia :
Fecha: 12/06/2014
Procedimiento: Partición De Bienes Comunes
Partes: DTE: GUSTAVO ALONSO ARAQUE. DDO: MARITZA BEATRIZ ESTEVES.
Resumen:
En tal sentido, certifíquese por Secretaría la copia certificada expedida por la Registradora Pública del Municipio Campo Elías del estado Mérida, de fecha 29 de abril de 2014, que obra inserta del folio 07 al 19 del presente expediente, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, insertándose al pie de la certificación el presente auto. Corríjase foliatura a partir del folio 07, de conformidad con los artículos 25 y 109 del Código de Procedimiento Civil, debiendo la Secretaria dejar constancia de lo corregido. Provéase lo conducente. Se advierte a la diligenciante que deberá dejar constancia [mediante diligencia] de haber recibido conforme el documento ut supra desglosado. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En...
... la misma fecha se desglosó el documento que obra inserto del folio 07 al 19; y en su lugar, se dejaron copias debidamente certificadas. Se corr.....
Juez/Ponente:
Milagros Hilda Fuenmayor Gallo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil