Decisión. Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA EL REGIMEN ABIERTO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, al ciudadano Hernando Gutiérrez Morales, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.021.554, de profesión albañil, domiciliado en el Barrio Rómulo Gallegos, Cuesta el Trapiche, Sector Brisas del Torbes, Calle Principal, casa N° 5, cerca de Abastos "Diana", San Cristóbal, Estado Táchira, el cual cumplirá en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Juan Tovar Guedez", ubicado en la Calle El Rosal, Aldea El Roscio, Granja La Milagrosa, El Valle Capacho, San Cristóbal, Estado Táchira, y por tanto el Tribunal le impone las siguientes condiciones:.....