Posteriormente fue detenido por segunda vez el día 08 de julio de 2003, hasta la presente fecha (12-08-08); lo cual significa un lapso de cinco (05) años, un (01) mes y cuatro (04) días, para un total de tiempo de privación de libertad corporal de cinco (05) años, seis (06) meses y seis (06) días de presidio. A este tiempo le sumamos la redención efectuada el día 03 de abril de 2007, que fue de un (01) año, once (11) meses y siete (07) días, para un total de pena cumplida de siete (07) años, cinco (05) meses y trece (13) días.
Ahora bien, habiendo sido condenado el ciudadano EMIRO JOSÉ VALERO BOSCÁN, a cumplir una pena de OCHO (08) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRESIDIO, le resta por cumplir un remanente de pena de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y SIETE (07) DÍAS, que terminará de cumplir el día diecinueve (19) de noviembre de 2009, a las doce de la noche.
Queda así actualizado el cómputo de pena del ciudadano EMIRO JOSÉ VALERO BOSCÁN.
Así se decide, cúmpl.....